«La importancia de votar en las elecciones europeas: La cesión de competencias, El principio de primacía del Derecho de la Unión , y el efecto directo.»

Tendemos a considerar que nuestras fronteras son las que limitan el territorio español, sin contar con la contextualización de nuestro país dentro del marco europeo. Es por ello por lo que prestamos atención mayoritariamente a las cuestiones políticas que suscitan el interés español, principalmente las enfocadas a nuestros asuntos internos.

Teniendo especial consideración para con las elecciones de nuestro país, obviamos la importancia de las elecciones de las instituciones de la Unión Europea, y celebrándose estas el 26 de mayo de 2019, previa confirmación del Consejo de la Unión Europea, a propuesta del propio Parlamento Europeo. Debemos ser conocedores de la importancia de la Unión su derecho:

  • En el artículo 93 de nuestra Constitución, ley máxima que representa nuestro ímpetu y valores propia de la sociedad democrática y exponente de las condiciones del estado de Derecho en el que vivimos, y siendo esta la que inspira la creación legislativa , se consagra la cesión de competencias derivadas de la Carta Magna, por la cual las Cortes Generales o el Gobierno de la nación, son garantes del cumplimiento de los tratados y resoluciones internacionales y comunitarias , como es el caso de la Unión Europea que son titulares de la cesión competencial. 

Partiendo de este artículo constitucional podemos extraer ideas generales que enfoquen la importancia de la existencia de esta cesión competencial.

Al ser un apartado constitucional, este debe respetarse como máximo baluarte del estado y sistema de derecho en el que vivimos y por ello debe ostentar la jerarquía superior del ordenamiento jurídico, frente a todas las normas que quieran contradecir lo dispuesto en este. 

En la cesión competencial se consagra un contrato bilateral, por un lado, el Reino de España y por otro la Comunidad Unión Europea, por el cual España cede unas competencias a cambio de la cobertura y reconocimiento, así como los derechos y obligaciones que obtenga de participar de esa Unión Europea. Debiendo haber realizado previamente una ponderación de intereses a la inmersión en este proyecto. 

Por ello no debemos de tener la idea de que la actuación de las instituciones comunitarias no nos afecta directamente como Estado o que el resultado de las actuaciones previstas y ejecutadas no producirán frutos notorios en el futuro. 

Otro aspecto que desarrollar de este precepto legal es la existencia de una institución garante del cumplimiento de este contrato de cesión de competencias y derechos y obligaciones posterior. Encontramos la garantía prevista en diferentes supuestos, ya sea por el poder legislativo como son las Cortes Generales, Congreso y Senado, como el poder ejecutivo, el Gobierno de la nación. 

El cumplimiento por tanto debe estar garantizado como requisito esencial para formar parte de la estructura comunitaria 

Concluyendo con la cesión competencial, debimos embarcarnos en   el análisis del principio de Primacía del Derecho de la Unión europea y el  efecto directo  del Derecho de la Unión Europea. 

Respecto al principio de primacía, debemos tener en cuenta que los principios del derecho son aquellas ideas que inspiran e informan las leyes en un ordenamiento jurídico, siendo de actuación a las que podemos recurrir en busca de pautas o la voluntad del legislador a la hora de interpretas normas como exponentes de los valores del derecho en el que se fundamenta una nación. 

El principio del derecho de Primacía del Derecho de la Unión Europea sobre el derecho nacional, en este caso el español nos muestra que todos los actos europeos de aplicación obligatoria priman sobre la pretensión nacional, pudiendo coincidir o no, en su totalidad o parcialmente.

 Los Estados miembros no pueden aplicar una norma nacional contraria al derecho europeo. Se garantiza la superioridad del derecho europeo frente a los ordenamientos jurídicos nacionales.

De ahí la importancia de votar para obtener un poder legislativo europeo donde la persecución de legislar a favor de nuestros intereses se vea en mayor o menor medida representado en diversidad y capacidad.

Europa es un gran territorio del que formamos parte, siendo ciudadanos del marco europeo como del marco español y nuestras ideas y voluntades deben ser trascendentales a los poderes públicos nacionales. Debemos de tener conciencia del cambio que podemos buscar, o el seguimiento de una línea en decisiones que nos pueda beneficiar o no, más allá de la política de nuestra nación. Entender nuestra posición como ciudadano con derecho al voto de un modo más amplio. Puede parecer que un voto es poco poder dentro de unas elecciones generales españolas y será menos en el marco de las elecciones europeas. Pero, ante esta idea, nuestro voto es nuestra capacidad de elegir a los representantes que llevarán la dirección de Europa y con el derecho europeo, gran parte del derecho nacional. 

El derecho europeo se encuentra a primera vista en negocios jurídicos diarios a los que no prestamos atención, las personas físicas en una compra venta, las jurídicas, ir al banco, emprender, pedir una subvención agraria, etc..

Teniendo en cuenta esta introducción a la relación entre nosotros, como personas físicas, o entidades con personalidad jurídica, empresas, organizaciones o entes sin personalidad jurídica, debemos conocer, el segundo pilar fundamental de la aplicación y trascendencia del derecho europeo, esta vez, no solo sobre la ley nacional sino en contacto con el ciudadano. 

Este es el principio de efecto directo del derecho de la unión europea que establece que los propios particulares con intención de hacer valer sus derechos o intereses legítimos pueden invocar directamente una norma europea ante las jurisdicciones nacionales, o ante los propios tribunales de la jurisdicción de la Unión Europea. 

Como dato de interés, este principio destaca en una sentencia fundamental del derecho europeo, la Sentencia Van Gend en Loos del 5 de febrero de 1963.

Por ello, atendiendo a la cesión competencial, al principio de primacía del derecho europeo sobre el nacional y al principio de efecto directo de este en relación con el estado miembro invocado por el ciudadano. Les invito a pensar y reflexionar sobre la dirección que ustedes quieran en las actuaciones de la unión europea de ahora en adelante, sabiendo la clara línea directa de los poderes públicos europeos con los nacionales. 

Acudan a las urnas, y elijan por el desarrollo europeo futuro que quieran ver, y con ello,  el ligado desarrollo español.

Ad bottom